Revista Salud y Bienestar

El documento necesario para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

Por Pedirayudas @Pedirayudas

En este artículo vamos a ver cuál es el documento necesario para poder cobrar el subsidio para mayores de 52 años y no perder la prestación.

El documento necesario para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

Las personas desempleadas con 52 años o más que cobren el subsidio por desempleo correspondiente pueden renovarlo mediante tres vías. Consisten en las siguientes:

Mediante un formulario presolicitud:

Hay que indicar el documento acreditativo de identidad, ya sea DNI o NIE, y elegir la opción 'Presolicitud de prestación individual'. Después hay que rellenar el subtrámite ' Declaración Anual de Rentas subsidio mayores de 52'.

A través de la Sede Electrónica del SEPE:

Una vez que la persona se identifique, es necesario hacer el trámite 'Realice la Declaración Anual de Rentas'. Esta opción está disponible para aquellos desempleados que puedan identificarse con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Pin o permanente.

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Presencialmente en alguna de las oficinas del SEPE:

Otra manera, aunque menos rápida, es pedir una cita previa y acudir a las oficinas del SEPE. Esta alternativa es la más recomendada para las personas que no han cumplido algún requisito.

Cuándo hay que renovar el subsidio para mayores de 52 años

El trabajador desempleado debe tener en cuenta la fecha en la que solicitó o renovó por primera vez el subsidio para mayores de 52 años, entregando la declaración anual de rentas. Como recoge dicha administración en su web, debe presentarse dentro de los 15 días hábiles siguientes al momento en el que se cumpla un año "desde el nacimiento del derecho al subsidio, o cada vez que transcurran 12 nuevos meses desde la última reanudación".

¿Y si no se renueva el subsidio a tiempo completo? Pues que perderá el cobro del subsidio hasta que se presente la declaración de rentas sin posibilidad de recuperar el dinero perdido. Al mismo tiempo, mientras no se esté disfrutando, también se perderá la cotización que lleva implícita.

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